Capacitación STPS

Guía Completa sobre el Formato DC-5: Registro de Agentes Capacitadores Externos

El formato DC-5 es un documento esencial para las personas físicas y morales que desean obtener el registro como Agentes Capacitadores Externos ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).

Este registro permite a las empresas y profesionales ofrecer servicios de capacitación y adiestramiento a los trabajadores, cumpliendo con los requisitos establecidos por la Ley Federal del Trabajo (LFT).

El objetivo de este artículo es brindar una guía clara y completa sobre el proceso de registro, modificación y renovación de cursos y programas, así como los beneficios de contar con la acreditación oficial de la STPS.

El formato DC-5 es el medio por el cual los interesados solicitan su registro como Agentes Capacitadores Externos.

Además, se emplea para modificar o agregar nuevos programas, cursos y plantillas docentes.

Este documento está dirigido tanto a instituciones, escuelas u organismos especializados de capacitación como a instructores independientes que cumplan con los requisitos legales.

Es importante recalcar que cualquier instructor, sin importar el ramo, que no esté registrado ante la STPS mediante el formato DC-5, no puede impartir capacitaciones válidas.

La falta de registro implica que la capacitación no tendrá validez oficial y no podrá ser acreditada ante las autoridades correspondientes.

La base legal para este procedimiento se encuentra en el artículo 153 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), el cual establece la obligación de capacitar a los trabajadores.

Asimismo, el artículo 16 del Acuerdo de Capacitación de la STPS detalla los requisitos y pasos necesarios para que los agentes capacitadores obtengan su registro de manera formal.

Para llevar a cabo el registro de Agentes Capacitadores Externos es necesario cumplir con ciertos requisitos:

  • Para personas morales:
      – Presentar acta constitutiva con objeto social relacionado con la capacitación.
      – Acreditar la creación de la institución u organismo especializado.
      – Proporcionar una lista de instructores o plantilla docente.
  • Para personas físicas:
      – Presentar cédula de identificación fiscal.
      – Comprobar experiencia en la impartición de cursos (mínimo cinco cursos).
      – Acreditar educación obligatoria y conocimientos técnicos.
      – Entregar fotografías tamaño infantil.

El proceso de registro inicia con el llenado del formato DC-5. Posteriormente, los documentos requeridos se entregan de forma presencial o por mensajería en la Delegación Federal del Trabajo.

Al presentar la solicitud, se recibe un acuse de recibo, y la STPS emite la constancia de autorización en un plazo de cinco días hábiles.

Si se detectan inconsistencias o falta de documentos, la STPS notifica al solicitante para que realice las correcciones necesarias.

El formato DC-5 también permite la modificación y renovación de programas de capacitación previamente registrados.

Las empresas pueden actualizar su plantilla docente o registrar nuevos cursos de manera sencilla, asegurándose de que la STPS responda en un plazo de cinco días hábiles.

Contar con el registro como Agente Capacitador Externo ofrece múltiples beneficios, tales como:

  • Cumplimiento normativo: Acredita la capacitación de los trabajadores ante las autoridades.
  • Reconocimiento oficial: Aumenta la confianza de las empresas en la calidad de los cursos impartidos.
  • Expansión de servicios: Permite ofrecer capacitaciones a diferentes empresas.

El registro de Agentes Capacitadores Externos contribuye al desarrollo laboral en México, fortaleciendo la competitividad y productividad.

Cumplir con este proceso permite a las empresas mantenerse actualizadas y en línea con las exigencias del mercado laboral.

Este artículo está basado en el “Acuerdo por el que se dan a conocer los criterios administrativos, requisitos y formatos para realizar los trámites y solicitar los servicios en materia de capacitación, adiestramiento y productividad de los trabajadores”.

Este acuerdo, emitido por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, regula de manera clara y estructurada los procesos necesarios para el registro de capacitadores externos.

Te invitamos a descargar el acuerdo completo que hemos adjuntado a este artículo.

Contar con esta información es esencial para garantizar el cumplimiento de todas las disposiciones legales en materia de capacitación y adiestramiento.

Además, te animamos a compartir esta guía con otros profesionales del sector y recomendar nuestro contenido para que más personas puedan beneficiarse de esta valiosa información.

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