Introducción
Garantizar la inclusión y seguridad de los trabajadores con discapacidad en los centros de trabajo es una obligación legal y un compromiso social.
La NOM-034-STPS-2016, emitida por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), establece las condiciones de seguridad que deben cumplir los empleadores para facilitar el acceso y la realización de actividades laborales de personas con discapacidad.
Cumplir con esta norma es fundamental para evitar riesgos, mejorar la integración laboral y prepararse ante inspecciones ordinarias y extraordinarias de la STPS.
1. Análisis de Compatibilidad del Puesto de Trabajo
Antes de contratar o asignar funciones a un trabajador con discapacidad, es obligatorio realizar un análisis de compatibilidad del puesto de trabajo.
Este estudio debe evaluar si las tareas pueden desempeñarse de manera segura y eficiente considerando la discapacidad del trabajador.
No contar con este análisis puede derivar en sanciones durante una inspección.
2. Acciones Preventivas y Correctivas
Los empleadores deben documentar acciones preventivas y correctivas para evitar riesgos a los trabajadores con discapacidad.
Estas acciones pueden incluir adaptaciones en el entorno laboral, eliminación de barreras arquitectónicas y ajustes en las herramientas de trabajo.
3. Plan de Atención a Emergencias
Los centros de trabajo deben contar con un plan específico de atención a emergencias que contemple medidas y procedimientos especiales para la evacuación y auxilio de los trabajadores con discapacidad.
Este plan debe estar actualizado y ser del conocimiento de todo el personal.
4. Información sobre Seguridad y Emergencias
Es fundamental proporcionar a los trabajadores con discapacidad información clara y accesible sobre riesgos, medidas de seguridad y procedimientos de emergencia.
Esta información debe estar adaptada según la discapacidad del trabajador, empleando formatos visuales, auditivos o en braille cuando sea necesario.
5. Capacitación para los Trabajadores con Discapacidad
Los trabajadores con discapacidad deben recibir capacitación específica para su desarrollo en el puesto de trabajo y en medidas de seguridad.
Esto se acredita mediante una constancia de competencias o habilidades laborales, documento obligatorio en caso de una inspección de la STPS.
6. Capacitación para Brigadistas y Personal de Apoyo
El personal encargado de atender emergencias y auxiliar a trabajadores con discapacidad debe recibir capacitación especializada.
Esta capacitación se acredita con constancias de competencia que certifiquen la capacidad de los brigadistas para actuar de manera efectiva en situaciones de emergencia.
7. Instalaciones Accesibles para los Trabajadores con Discapacidad
En los centros de trabajo con más de 50 empleados, la norma exige contar con infraestructura accesible que facilite el desplazamiento y la operatividad de los trabajadores con discapacidad.
Esto incluye rampas, ascensores adaptados y sanitarios accesibles.
8. Señalización para el Desplazamiento y Emergencias
Se deben colocar señalizaciones adecuadas en las áreas de trabajo para orientar el desplazamiento, estadía y evacuación de los trabajadores con discapacidad.
Estas señalizaciones deben cumplir con criterios de visibilidad y accesibilidad conforme a la normatividad vigente.
Conclusión
Cumplir con la NOM-034-STPS-2016 no solo es un requisito legal, sino una acción esencial para garantizar entornos laborales inclusivos y seguros.
La implementación de estas medidas protege a los trabajadores con discapacidad, facilita la integración laboral y permite a las empresas estar preparadas para cualquier inspección de la STPS.
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